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Certificados y Títulos Habilitantes

Instituciones Educativas que pudimos relevar de la página del INET, a continuación resumimos los resultados de la búsqueda. Pueden realiza...

domingo, 21 de agosto de 2016

EL INSTALADOR ER

El ejercicio de la actividad profesional[1] del Instalador[2] de Energías Renovables[3] tiene por objeto obtener el potencial energético de las fuentes de energías primarias​ renovables[4], consideradas como frutos naturales[5], o bien; del producto de los procesos y/o re­procesos de materia prima orgánica y/o biológica​ para que sean transformados en energía secundaria​, limpia y no contaminante, considerada como fruto industrial[6].



[1] AAIER; Estatuto Social; Art. 2ª a).
[2] Instalador ER, Técnico ER, Técnico Superior ER y Grados Superiores ER.
[3] Ley 27191; ART. 2° — a) Fuentes Renovables de Energía: Son las fuentes renovables de energía no fósiles idóneas para ser aprovechadas de forma sustentable en el corto, mediano y largo plazo: energía eólica, solar térmica, solar fotovoltaica, geotérmica, mareomotriz, undimotriz, de las corrientes marinas, hidráulica, biomasa, gases de vertedero, gases de plantas de depuración, biogás y biocombustibles, con excepción de los usos previstos en la ley 26.093.
[4] Cf.: Roberto P. Sobre Casas; Los Contratos en el Mercado Eléctrico; Ed. Ábaco; 2003; §1; Pg. 39.  Al inicio de su obra respecto del mercado eléctrico, se refiere a la distinción entre energía primaria y secundaria. Vale esta distinción para las diversas tecnologías ER.
[5] Nuevo Código Civil y Comercial (CCyC); Art. 233: Frutos y productos. Frutos son los objetos que un bien produce, de modo renovable, sin que se altere o disminuya su sustancia. Frutos naturales son las producciones espontáneas de la naturaleza.
[6] Ibid.: Frutos industriales son los que se producen por la industria del hombre...

miércoles, 10 de agosto de 2016

Otorgamiento de la Personería Jurídica

Desde AAIER queremos dar público conocimiento que se nos ha otorgado la Personería Jurídica que formaliza la constitución de la Asociación Argentina de Instaladores de Energías Renovables.

Abocados a la tarea que manda nuestro Objeto Constitutivo y en consonancia con el mismo, el estatuto social, nuestra Asociación Civil está habilitada para llevar adelante el bien común propuesto de Nuclear a los Instaladores ER.

Se trabajó arduamente para alcanzar este objetivo y nos espera una intensa actividad. Sin duda podremos seguir sumando esfuerzos conjuntos que puedan cogenerar energía limpia en nuestros vínculos institucionales, de forma que se puedan lograr los objetivos inmediatos que se están desarrollando actualmente, en orden de incorporar al ejercicio de la actividad profesional al Instalador ER, que se ha asociado a AAIER.

Felicitamos y agradecemos a todos aquellos que han transitado este camino que tuvo su comienzo el 20 de Septiembre de 2014, y a quienes participaron en la etapa fundacional y en las diversas asambleas tanto estatutarias y constitutiva.

Para quienes quieran ponerse en contacto con nuestra Asociación pueden hacerlo a: instaladores.er@gmail.com

Carlos Fariña
PRESIDENTE