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domingo, 21 de agosto de 2016

EL INSTALADOR ER

El ejercicio de la actividad profesional[1] del Instalador[2] de Energías Renovables[3] tiene por objeto obtener el potencial energético de las fuentes de energías primarias​ renovables[4], consideradas como frutos naturales[5], o bien; del producto de los procesos y/o re­procesos de materia prima orgánica y/o biológica​ para que sean transformados en energía secundaria​, limpia y no contaminante, considerada como fruto industrial[6].



[1] AAIER; Estatuto Social; Art. 2ª a).
[2] Instalador ER, Técnico ER, Técnico Superior ER y Grados Superiores ER.
[3] Ley 27191; ART. 2° — a) Fuentes Renovables de Energía: Son las fuentes renovables de energía no fósiles idóneas para ser aprovechadas de forma sustentable en el corto, mediano y largo plazo: energía eólica, solar térmica, solar fotovoltaica, geotérmica, mareomotriz, undimotriz, de las corrientes marinas, hidráulica, biomasa, gases de vertedero, gases de plantas de depuración, biogás y biocombustibles, con excepción de los usos previstos en la ley 26.093.
[4] Cf.: Roberto P. Sobre Casas; Los Contratos en el Mercado Eléctrico; Ed. Ábaco; 2003; §1; Pg. 39.  Al inicio de su obra respecto del mercado eléctrico, se refiere a la distinción entre energía primaria y secundaria. Vale esta distinción para las diversas tecnologías ER.
[5] Nuevo Código Civil y Comercial (CCyC); Art. 233: Frutos y productos. Frutos son los objetos que un bien produce, de modo renovable, sin que se altere o disminuya su sustancia. Frutos naturales son las producciones espontáneas de la naturaleza.
[6] Ibid.: Frutos industriales son los que se producen por la industria del hombre...

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